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Tope del gas: lo que no todas las eléctricas te cuentan

En primer lugar ¿Qué supone esta medida?

Esta medida define un mecanismo que limita el impacto del precio del gas natural en el mercado mayorista de electricidad. El ajuste se establece como la diferencia entre un precio de referencia del gas y el precio efectivo del mercado del gas diario.  El precio de referencia será de 40€/MWh los primeros seis meses y se irá incrementado  5€/MWh cada mes durante los siguientes meses hasta llegar a 70 € en mayo de 2023.

A través de esta medida, se limitará el precio al que pueden ofertar las centrales de ciclo combinado, cogeneración (no retribuidas con régimen especial)  y carbón (ya muy residual en España) la electricidad producida por la combustión de gas o las que utilizan igualmente gas en su proceso productivo.

Si fuera un tope o límite real el gas siempre entraría en la producción de electricidad al mismo precio,  independientemente de cuál fuera el precio real de coste del gas. Esto es lo que inicialmente se ha entendido que iba a conseguir este mecanismo.

Realmente no es un tope del precio final al consumidor, sino una rebaja para el precio al que entra al gas en la producción de electricidad.

 

¿Ahorraré en mi factura?

Aunque el primer objetivo teórico es reducir los precios de la electricidad en el mercado mayorista, a día de hoy, la ya conocida “excepción ibérica” no está teniendo el efecto que se pretendía. Actualmente es difícil predecir el comportamiento del mercado mayorista en relación a este tope por lo que, en nuestra opinión, ninguna eléctrica honesta debería anunciar un ahorro en la factura de sus clientes por el nuevo tope del gas.

Al menos en la actualidad ya que, según datos del último informe trimestral del mercado eléctrico europeo en España tenemos la electricidad más cara de Europa. (Estos precios son con los impuestos, cargos y rebajas fiscales incluidas).

 

Si existe una limitación en el precio de gas, ¿Qué ocurre si el precio al que se oferta está por encima del tope?

Este tope marcado, no significa que las centrales de gas generen a pérdida por la diferencia entre el precio real de la materia prima y el tope ibérico que antes hemos indicado, sino que, esta diferencia, se cargará en gran parte contra el sistema eléctrico (ya que en primera instancia se asumirá por el resto de tecnologías con las que se genera electricidad: fotovoltaica, eólica, hidráulica, etc.), es decir, a las comercializadoras, que a su vez lo deberán repercutir a cada cliente en función de su consumo.

Por lo tanto, esta compensación la pagarán los consumidores, que sin embargo, y según las previsiones del gobierno, notarán un ahorro neto en su factura. Este ahorro en la factura dependerá de cuál sea la cotización del gas natural en los próximos meses y de otros factores como la aportación de las renovables, que abaratan el mercado mayorista.

El precio de adquisición del gas se hace mediante MIBGAS, a diferencia de como se especifica en este Real Decreto y además, variará en función del rendimiento de la central que lo oferte. Como dato de referencia se utiliza 0.55 pero prácticamente ninguna central española tiene estos rendimientos.

  • Por cada Megavatio de energía generado, una central de centro combinado emite 0,4 toneladas de CO2. Si el precio de los derechos de CO2 para esa tonelada son aproximadamente de 88€, al precio de adquisición anterior habría que añadirle 35€/MWh en concepto de emisiones de CO2.
  • Además, las centrales incurren en unos costes de mantenimiento, amortizaciones y beneficio de 10€/MWh que también se sumará al resultado total.

 

¿Cómo se calcula la compensación/ajuste?

Las centrales que producen electricidad con gas natural como materia prima, ofertan al coste de producción real (en función del MIBGAS detallado anteriormente). Sin embargo, con el nuevo mecanismo lo que se lleva a cabo es:

  • Coste de producción real – unidad diaria de ajuste = Nuevo precio OMIE

Podemos extraer como primera conclusión que más que un tope, este nuevo mecanismo es una reducción del precio de oferta por parte de las centrales. A este precio final de OMIE, se le suma el precio horario de compensación que se publica diariamente a las 14:00 y conseguiríamos el precio que pagaría cada consumidor que forma parte de este nuevo sistema.

 

 

Esta es una de las causas principales por las que OMIE no descendió lo que se esperaba los primeros días después de la implantación de este Real Decreto (160 – 180€ MWh). Habrá días en los que aumentará el número de centrales de ciclo combinado que generen electricidad, y debido a sus bajos rendimientos, el precio de las ofertas de venta que realizan al mercado mayorista sube irremediablemente.

Para que no quepa duda, hemos subido un vídeo a nuestro canal de Youtube donde explicamos al detalle el desarrollo que ha tenido este mecanismo o «Tope» en sus primeros 20 días de funcionamiento.

 

Aquí encontrarás la presentación con toda la información necesaria para entender el funcionamiento de este mecanismo, que tantas dudas ha generado en el sector energético.