Unielectrica

Preguntas frecuentes

No, porque el cambio de compañía es únicamente un trámite administrativo, no afecta en ningún momento a la calidad del suministro.

Nos encargamos de todas las gestiones y trámites para que el proceso de cambio sea rápido, transparente y gratuito.

No, ninguno. El proceso de cambio no implica ninguna modificación en tu instalación eléctrica.

No, no es necesario. Nosotros nos encargaremos de todos los trámites y te mantendremos informado.

Por supuesto que sí. De hecho, en la situación actual donde se han adaptado las potencias automáticamente para todos los usuarios, la mejor solución es una optimización de las mismas para poder contratar sólo la potencia que vayas a necesitar en tu hogar o negocio. Así, a pesar de todos estos cambios, seguirás controlando tu consumo y ahorrando mes a mes.

Podemos enviarte la factura mediante correo postal tradicional a la dirección que nos especifiques, aunque siempre recomendamos cambiar al envío por correo electrónico, es sin duda, la alternativa más ecológica y sostenible.

Varios días después de recibir la factura en tu correo electrónico, para que tengas tiempo de revisarla.

Si quieres ponerte en contacto con nosotros y conocernos mejor, puedes llamarnos al 957 289 692 o escribirnos al mail expansion@unielectrica.com
O si lo prefieres déjanos tus datos aquí, y nosotros te contactamos lo antes posible.

Es el “Certificado de Instalación Eléctrica”, un documento oficial emitido por un instalador eléctrico autorizado, que certifica que la instalación cumple los requisitos necesarios para el suministro eléctrico. Refleja las principales características de tu instalación, como la potencia instalada y la máxima admisible, además de garantizar la calidad de la instalación.

Es la potencia que figura en la póliza de suministro eléctrico como potencia contratada con la compañía eléctrica. Esta potencia debe ir en línea con las necesidades energéticas reales de potencia de la instalación que dependerá de los aparatos receptores instalados, y deberá ajustarse a unos escalones de potencia normalizados. Es utilizada por la compañía eléctrica para determinar el término fijo de la factura.

Es la potencia máxima admisible por la instalación. Es la máxima potencia que podría soportar la instalación eléctrica garantizando la seguridad de las personas y los aparatos. Esta potencia viene recogida en el certificado eléctrico / boletín de la instalación y no puede ser inferior a la potencia contratada con la compañía eléctrica.

¡Claro! Realizaremos todas las gestiones y trámites con la distribuidora manteniéndote informado de ellos en todo momento, para dar de alta un nuevo suministro de luz.

Si ICP salta con frecuencia es debido a una demanda de potencia superior a la potencia que tiene contratada; lo que está ocurriendo es que la suma de potencias demandadas simultáneamente por los aparatos sobrepasa la potencia contratada. Aumentando la potencia contratada debería de solucionarse el problema.

Los costes regulados son todos aquellos costes que se generan por la propia gestión del sistema eléctrico español, como el transporte, la distribución o la financiación de las energías renovables, entre otros.

La misión que tiene el maxímetro es registrar la potencia máxima demandada por un cliente durante un período de 15 minutos, la cual va a servir para establecer el término de potencia del período de facturación y encontrar el que mejor se adapta a tus consumos reales.

Es la operación de conectar la acometida con las instalaciones de la empresa distribuidora y de dar servicio eléctrico.

Es la revisión y comprobación del estado y condiciones técnicas reglamentarias de las instalaciones del cliente previas al enganche de las mismas.

A la hora de generar tu comparativa y buscando siempre ofrecerte la transparencia y el ahorro que buscas, en facturas con tarifas anteriores al 1 de junio, la conversión de consumo a las nuevas tarifas la realizamos conforme al perfilado de Red Eléctrica Española.

Es un mecanismo extrajudicial de carácter vinculante y ejecutivo para la resolución de conflictos entre los consumidores y la empresa, que actúa con total imparcialidad, independencia, confidencialidad y celeridad.

Pueden someterse al arbitraje los conflictos con UniEléctrica Energía de asuntos relacionados con la contratación, facturación, cobro y/o atención personal recibida por el cliente, es decir, los asuntos de responsabilidad de la empresa comercializadora. 

El bono social de electricidad es un descuento, regulado por el Gobierno, que tiene como objetivo proteger a los consumidores en situación de vulnerabilidad.  El nuevo mecanismo de financiación del bono social queda regulado por el Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo y la posterior actualización recogida en la Orden TED/733/2022 de 22 de julio y es aplicable a todos los agentes del mercado.

Para poder acogerse al bono social es imprescindible cumplir con estos requisitos:

  • Tener contratado el precio voluntario para el pequeño consumidor (PVPC) en la vivienda habitual.
  • Cumplir con los requisitos personales, familiares y de renta establecidos en https://www.bonosocial.gob.es/

Con este cambio la financiación del bono social ya no recaerá únicamente en las comercializadoras de electricidad, sino que pasará a ser financiado por todos los agentes del sector: generadoras, distribuidoras, comercializadoras y consumidores, distribuyéndose del siguiente modo:

  • Valores unitarios correspondientes a las actividades de producción: 1,294768 €/MWh
  • Valores unitarios correspondientes a transporte: 0,005716 €/€ retribuido
  • Valores unitarios correspondientes a la actividad de distribución: 1,151582 €/CUPS
  • Valores unitarios correspondientes a la actividad de comercialización: 13,401931 €/CUPS
  • Valores unitarios correspondientes a los consumidores directos en mercado: 1,282647 €/MWh consumido

Estos valores han sido determinados por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), quien podría modificarlos en caso de producirse desviaciones superiores al 20% sobre las necesidades reales.

A partir de la publicación del Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo y la posterior actualización recogida en la Orden TED/733/2022 de 22 de julio, verás una nueva línea en tu factura en concepto de financiación del bono social y que corresponderá a los valores unitarios de la actividad de comercialización.

Aquí puedes consultar las condiciones generales de contratación de nuestras tarifas de electricidad y gas natural, tanto en castellano como en catalán.